"[15], Pero las reglas "…son de enorme importancia como explicación de la pretensión de corrección, como criterio de la corrección de enunciados normativos, como instrumento de crítica de fundamentaciones no racionales, y también como precisión de un ideal al que se aspira."[16]. [10], Por otra parte, "[s]i dirigimos nuestra atención, no ya a la construcción de teorías jurídicas, sino a la interpretación de normas jurídicas positivas, es fácil advertir que la asignación de significado y alcance a tales normas por parte de la dogmática está determinada, en última instancia, por consideraciones de índole valorativa, por más que ellas no sean expuestas explícitamente, sino que se recurra a razones de consistencia con otras normas, o que se refieren a la intención del legislador o a antecedentes históricos que explican el precepto, o que están relacionadas con la naturaleza de los conceptos empleados por la norma en cuestión, o que se conectan con la aplicabilidad de ciertos "métodos" de interpretación, como el analógico o el "a contrario", etc. En relación con el tercer argumento, la interpretación que en él se hace de la relación de sujeción especial parece verdaderamente insostenible. a) El estado considerado como un hecho. Ya que el Estado es algo realmente dado, concibe al... ...objetivos o presencia internacional, mientras Efectivamente, la lógica formal juega también un papel importante en el discurso legislativo y jurisdiccional. En tales casos, es necesario presentar argumentos adicionales -razones- en favor de las premisas, que probablemente no serán ya argumentos puramente deductivos, aunque eso no quiera decir tampoco que la deducción no juegue aquí ningún papel. Para el Derecho constitucional y las Ciencias políticas atreves del tiempo uno de los poderes del Estado ha sido el poder llamado judicial. La dialéctica materialista que pone en claro las leyes más generales del desarrollo de la naturaleza y de la sociedad, es al mismo tiempo, la lógica superior del pensamiento. incluye los elementos de los. El proceso de construcción de la decisión es inseparable del de justificación de la misma, y esto es una cuestión fundamental de la argumentación jurídica, lo que nos llevaría a desarrollar una Teoría de la Argumentación Jurídica. Antes de concluir quiero justificar porque las teorías deónticas para las normas jurídicas y en especial las desarrolladas por Von Wright, que forman parte de este mundo complejo llamado lógica jurídica, no fueron tratadas aquí. gubernamental u organismo internacional 4. Esos argumentos constituyen básicamente -y suponiendo que mi reconstrucción de la argumentación del tribunal constitucional sea correcta- la justificación externa de su decisión. Y por supuesto conocer la ya tradicional polémica entre derecho y moral. El lenguaje, como sabemos, lo utilizamos para desarrollar funciones o usos distintos. 25.2 de la Constitución como la habilitada para establecer limitaciones a los derechos fundamentales de los reclusos, y que tiene por finalidad, en el caso debatido, proteger bienes constitucionalmente consagrados, como son la vida y la salud de las personas» [fundamento jurídico 8]. _____________, Introducción al derecho, Ediciones Fontamara, 2ª ed, México, 2000. Unos traerían aquí probablemente a colación la famosa frase del juez Holmes de que «la vida del Derecho no ha sido lógica, sino experiencia53», o la crítica, en general, de los realistas americanos a la teoría del silogismo judicial. Para conseguir insultar a alguien basta incluso con pronunciar una sola palabra. El autor presenta una distinción entre lo razonable y lo racional. Los órganos jurisdiccionales -al igual que la opinión pública y la opinión «esclarecida» de juristas, filósofos, etc. La utilización del silogismo judicial presenta, en efecto, muy pocos problemas, una . La "lógica de los juristas" significan la aplicación de la lógica a los procedimientos empleados por los juristas en la interpretación, integración y sistematización de un ordenamiento jurídico dado, así como el estudio de las reglas de la inferencia válida entre las normas, así como para desarrollar una teoría de los principios lógicos supremos en el derecho y una teoría del . Finalmente, la tercera solución (defendida en algunos medios de opinión pública, pero que no ha sido suscrita por ningún órgano jurisdiccional, aunque sí cuente con algún respaldo en la doctrina penal) sería la de entender que la Administración no está autorizada a tomar tales medidas, ni siquiera en este último supuesto, es decir, cuando el preso ha perdido la consciencia47. El juez -o los jurados- toman sus decisiones de forma irracional -o, por lo menos, arracional- y posteriormente las someten a un proceso de racionalización. que lo que se designa como organismo En cuanto a la actividad jurisdiccional, y en particular en la aplicación de las normas jurídicas a casos concretos prima facie, podemos aceptar lo que algunos juristas sostienen, que el juez lleva a cabo un razonamiento deductivo. Un organismo intergubernamental está  Mientras que el Derecho Procesal constituye uno de los presupuestos procesales, y uno de los mas importantes. Eso quiere decir que la respuesta cor recta sería aquella a la que llegaría un ser racional, o el conjunto de todos los seres racionales, o los seres humanos si respetasen las reglas del discurso racional. Podríamos decir que lo que justifica que afirmemos que Sócrates es mortal o que la Administración debe alimentar por la fuerza a los presos del GRAPO son las premisas respectivas de estos razonamientos. Dec. 21, 2022. Efectivamente, la lógica formal juega también un papel importante en el discurso legislativo y jurisdiccional. La lógica jurídica es una disciplina formal que demuestra los elementos y las relaciones en el discurso jurídico, es decir, es la rama de la lógica especializada en el derecho de los diversos casos de análisis de profundidad. El art. * Presidente Titular. ¿QUE ES EL INDICIO Y CUAL ES LA NATURALEZA DE LA PRUEBA INDICIARIA? El positivismo, por su parte, sostiene que derecho es igual a derecho positivo u ordenamiento jurídico. La tópica, en definitiva -nos dice Viehweg siguiendo una famosa distinción ciceroniana de origen estoico- no es un ars iudicandi, sino un ars inveniendi. En otras palabras lo que sea la lógica jurídica o la naturaleza de la lógica jurídica estará determinado tanto por la ontología jurídica como por la epistemología jurídica, es decir, el tipo de concepción de derecho que tengamos, así como, lo que definamos como objeto de estudio de la ciencia jurídica va a determinar en mucho la naturaleza de la lógica jurídica. -Consta comúnmente de concatenaciones d ideas tales como los juicios. Existe una diversidad de razonamientos, entre los cuales se encuentran los inductivos, analógicos, reductivos, estadísticos, deductivos, etcétera. Su texto Teoría de la argumentación jurídica se presenta como una respuesta a estas preguntas iusfilosóficas. Yo no puedo vender mi voto o hacer -válidamente- un contrato renunciando en el futuro a adherirme a un determinado credo religioso, pero sin embargo, soy libre de votar o de no votar (tal y como está configurado este derecho en nuestro ordenamiento) o de adherirme o no a una religión. 5 Lógica y filosofía - Sistemas lógicos. Mediante el lenguaje puedo informar, prescribir, expresar emociones, preguntar, aburrir, insultar, alabar… y puedo también argumentar". Pero no se argumenta simplemente con decir que Sócrates es mortal o que los presos del GRAPO deben ser alimentados por la fuerza. 3.4 de la L. O. G. P., que es la ley a la que se remite el art. Por mi parte, y siguiendo a Dworkin parto de concebir al derecho como un conjunto de normas jurídicas más principios jurídicos. raciocinio de naturaleza puramente formal. El arsenal de argumentos de esta especie con que los juristas dogmáticos cuentan es muy rico y variado, pero la disponibilidad de argumentos alternativos de esta clase para justificar soluciones opuestas, hace que cuando ellos se han agotado en la defensa y ataque de cierta tesis, emerjan a la superficie las razones axiológicas que subyacen a las diferentes posturas interpretativas". En general, cabría decir que existen cuatro tipos de problemas jurídicos56: 1) problemas de relevancia, cuando existen dudas sobre cuál sea la norma aplicable al caso; por ejemplo: ¿son aplicables, en relación con el recurso de amparo que resuelve el Tribunal Constitucional, diversas normas internacionales que supuestamente habría vulnerado el auto recurrido? Derivado de lo anterior, se expone de manera concisa nociones de lógica, haciendo previamente un resumen histórico de la misma con sus principales exponentes; los tipos de lógica que existen desde la clásica, formal o Aristotélica hasta la moderna, conocida también como lógica matemática o simbólica, de la cual derivan otros tipos de lógica, como lo es el caso de la lógica deóntica . "[14], Se establece una distinción entre racionalidad y certeza absoluta "el cumplimiento de [ esas reglas del discurso no implica ] […] la certeza definitiva de todo resultado, pero sin embargo caracteriza este resultado como racional. En términos de filosofía del derecho podemos decir que la naturaleza de la lógica jurídica en mucho está determinada por la ontología jurídica. Poncairé destaca cinco etapas o revoluciones en ese proceso que se presentan entre dos grandes tópicos: del rigor y la formalidad, a la creatividad y el caos. Además y para hacer más comprensible la naturaleza jurídica de los planes en sentido general, se analiza el contenido de los mismos, el proceso de Pues a través de este tipo de lógica es con lo que podemos trabajar los conceptos de sistematización, completitud, detección y solución de contradicciones, etc. El problema no es sólo el de aclarar que es un argumento o en qué consiste la actividad de argumentar, sino también cuándo un argumento (un argumento jurídico) es correcto o es más correcto que otro. Mediante el lenguaje puedo informar, prescribir, expresar emociones, preguntar, aburrir, insultar, alabar… y puedo también argumentar. El lenguaje, como sabemos, lo utilizamos para desarrollar funciones o usos distintos. La lógica emerge como mecanismo espontáneo en el enfrentamiento del hombre con la naturaleza, para comprenderla y aprovecharla. Que la clave del razonamiento jurídico no se encuentra en el paso de las premisas a la conclusión, sino en el establecimiento de las premisas. Recuerde que para ver el trabajo en su versión original completa, puede descargarlo desde el menú superior. Hemos de analizar cual es la esencia de un Registro de acuerdo a su sistema de funcionamiento y operación. La naturaleza o esencia de la lógica jurídica es la de ser una lógica especial, una rama de una lógica general de las normas (lógica deóntica), y esquemáticamente hablando es l/paralela" a la lógica de los enunciados. 284 del C.de P.P. En el Derecho existen básicamente tres contextos de argumentación: el de la producción o establecimiento de normas jurídicas; el de la aplicación de normas jurídicas a la resolución de casos; y el de la denominada «dogmática jurídica». El uso argumentativo del lenguaje significa que aquí las emisiones lingüísticas no consiguen sus propósitos directamente, sino que es necesario producir razones adicionales. En definitiva, al final tenemos que recurrir no a una instancia real, sino a una instancia ideal, como el espectador imparcial de Adam Smith58, el juez Hércules de Dworkin59, el auditorio universal de Perelman60, o la comunidad ideal de diálogo de Habermas61. Es la ciencia que estudia y analiza el pensamiento correcto, sus leyes y principios en relación con el Derecho . Este contraste entre, por un lado, lo que los dogmáticos dicen que hacen y lo que efectivamente hacen, y entre, por otro lado, los argumentos explícitamente esgrimidos en apoyo de cierta solución y las consideraciones que podrían justificar tal solución, determina un modelo poco satisfactorio de teorización jurídica".[12]. Y el tercer argumento -que es también al que más relevancia concede el tribunal- es que la «relación especial de sujeción «en que se encuentran los reclusos en relación con la Administración penitenciaria permite «en determinadas situaciones, imponer limitaciones a los derechos fundamentales de internos que se colocan en peligro de muerte a consecuencia de una huelga de hambre reivindicativa, que podrían resultar contrarias a esos derechos si se tratara de ciudadanos libres o incluso de internos que se encuentren en situaciones distintas» [fundamento jurídico 6]. * Secretario General Jurídico... Buenas Tareas - Ensayos, trabajos finales y notas de libros premium y gratuitos | BuenasTareas.com. La lógica deóntica: Georg von Wright y Georges Kalinowski. Ana Lilia Ulloa Cuéllar INTRODUCCIÓN Dos son los objetivos principales de esta videoconferencia: presentar un panorama sobre la naturaleza de la lógica jurídica y una propuesta didáctica sobre la enseñanza de este tipo de lógica. La justificación interna sigue siendo necesaria, pero no es ya suficiente y pasa, por así decirlo a un segundo plano de importancia. Pues bien, esta distinción se puede trasladar al campo de la argumentación en general, y al de la argumentación jurídica en particular. Para argumentar se necesita además producir razones en favor de lo que decimos, mostrar qué razones son pertinentes y por qué, rebatir otras razones que justificarían una conclusión distinta, etc. Sino la tercera, la que sostiene que ni siquiera en este último supuesto se les pueda alimentar por la fuerza. Mientras . La Lógica es una ciencia formal que estudia la estructura o formas del pensamiento humano (como proposiciones, conceptos y razonamientos) para establecer leyes y principios válidos para obtener criterios de verdad. Piénsese, por ejemplo, a propósito del caso de los GRAPO, en la cantidad de razones en una u otra dirección que pueden encontrarse en las resoluciones de los diversos órganos jurisdiccionales, del ministerio fiscal, de los abogados, etc. En esto, el derecho a la vida se asemeja al derecho de voto o el derecho a elegir una determinada religión. La lógica jurídica como teoría de la ciencia jurídica, estudia el método formativo de los conceptos jurídicos, suele llamarse Lógica del Derecho o Lógica jurídica y ésta trabaja fundamentalmente con normas, a través de esa labor de localización, interpretación, construcción, sistematización y aplicación de una concreta normatividad: sería por de pronto, lógica de normas, lógica deóntica. Su característica o naturaleza ( sustancia ) no varía en el tiempo. Para lograr esto, se establecen órganos -por ejemplo, el Tribunal Constitucional en nuestro país- que toman decisiones que, efectivamente, hemos de considerar como definitivas (al menos, en relación con un determinado caso). En cuarto lugar, hay que justificar las hipótesis formuladas, esto es, hay que presentar argumentos en favor de la interpretación propuesta. Veamos como es esto. Ahora bien, tanto para los partidarios del iusnaturalismo como para los del positivismo pero con mayor énfasis en estos últimos, la lógica es una lógica formal o como algunos juristas han señalado la lógica jurídica es la lógica del silogismo, es decir la lógica de la subsunción. Las proposiciones son quizás más complejas, las conclusiones seguramente más interesantes (la mortalidad de Sócrates, al parecer, ni siquiera le importó demasiado a él mismo, quizás porque él fuera uno de los inventores de la teoría de la inmortalidad del alma; por el contrario, si se les debe o no alimentar por la fuerza a los presos del GRAPO es una cuestión discutida y discutible), pero respecto de los tres ejemplos podríamos decir lo mismo; si uno acepta las premisas, entonces parece que necesariamente debe aceptar también la conclusión. CRITERIO ORGANICO: “DECIMOCUARTO PRODUCTO” Asignatura: exploración de la naturaleza y la sociedad. En segundo lugar, una vez determinado, por ejemplo, que se trata de un problema de interpretación, habría que ver si el mismo surge por una insuficiencia de información (esto es, la norma aplicable al caso es una norma particular que, en principio, no cubre el caso sometido a discusión) o por un exceso de información (la norma aplicable puede entenderse de varias maneras que resultan incompatibles entre sí). Regístrate para leer el documento completo. El objetivo de Monografias.com es poner el conocimiento a disposición de toda su comunidad. Dos son los objetivos principales de esta videoconferencia: presentar un panorama sobre la naturaleza de la lógica jurídica y una propuesta didáctica sobre la enseñanza de este tipo de lógica. Distinguir los elementos pragmáticos, dialécticos y retóricos de la argumentación jurídica. In document Criterios de interpretacion de los articulos 107 y 108 del codigo penal, en torno a la aplicación de la pena privativa de libertad que regulaba el art 29 de dicha pena temporal (página 33-38) Respecto a la naturaleza del acto de interpretación existen criterios encontrados. La sentencia del Tribunal Constitucional a propósito de la huelga de hambre de los GRAPO constituye, en mi opinión, un buen ejemplo de decisión última o definitiva, pero equivocada. Su importancia es estructural en toda la Sociedad, pues es el instrumento en que por una parte, los individuos, las personas físicas prueban en forma indubitable su... ...NATURALEZA JURIDICA Scribd is the world's largest social reading and publishing site. fundamento jurídico 3]; 2) problemas de interpretación, cuando existen dudas sobre cómo ha de entenderse la norma o normas aplicables al caso; por ejemplo: ¿cómo debe interpretarse el art. Grado: 2° Bloque: II “EXPLORAMOS LA NATURALEZA” Tema: que hay en el cielo Aprendizajes esperados: Descargar como (para miembros actualizados), Y la indicación indirecta de la naturaleza de los compromisos, Secuencia Didáctica Cívica Y Ética Y Exploración De La Naturaleza, Planeación, Exploración De La Naturaleza Y La Sociedad, Planeación De Exploración De La Naturaleza Y La Sociedad. Para trabajar esta última quizás se requiera no sólo de esta charla sino además de otra video conferencia que trate sobre la naturaleza de la interpretación jurídica, algunas temáticas de la teoría general del derecho y quizá una explicación general acerca del objeto de estudio de la filosofía del derecho, así como de sus respectivas áreas: ontología jurídica, epistemología jurídica, axiología jurídica y la propia lógica jurídica. Todos los documentos disponibles en este sitio expresan los puntos de vista de sus respectivos autores y no de Monografias.com. - La lectura técnica de las proposiciones jurídicas. Lo que falla en la sentencia, en definitiva, es su justificación externa y, más exactamente, la fundamentación de la premisa normativa que establece la obligación de la Administración de velar por la vida de los presos, incluso cuando éstos, voluntariamente, la ponen en peligro. - El empleo correcto de la estructura de la inferencia jurídica y la concatena- ción rigurosa de éstos para culminar en una argumentación jurídica consis- tente y coherente. Aquí es donde encontramos al padre de la jurisprudencia Hans Kelsen a quien siempre recordaremos entre otras cosas por dos de sus grandes obras: La teoría pura del derecho y Teoría general del estado. [cfr. ¿Suministra el Derecho una única respuesta correcta para cada caso? Sobre este punto, es innegable que una parte del razonamiento jurídico puede ser explicada y analizada con arreglo a las reglas de la lógica, pero, en general, esta disciplina resulta inadecuada para el ámbito jurídico. Debo señalar ahora, que la concepción de derecho de la que voy a partir es aquella que niega un derecho metafísico trascendental (como el que postula el iusnaturalismo) así como una concepción positivista extrema ausente de toda valoración y referencia socio-contextual. Resumiendo tenemos que, para la producción como la aplicación de normas jurídicas se hace uso de la lógica formal pero ésta es insuficiente, ya que entre otras cosas la clave del razonamiento jurídico, no se encuentra en el paso de las premisas a la conclusión, sino en el establecimiento de las premisas, es por ello que se hace necesario la inclusión de otro tipo de lógica, a saber la teoría de la argumentación jurídica. Frente a un mismo problema tenemos más de una respuesta que pretende ser correcta. ¿Y qué quiere decir esto? Ahora bien, esto podríamos presentarlo también de otra forma. El caso se planteó también ante el Tribunal Constitucional en dos recursos de amparo que dieron lugar a otras tantas sentencias del tribunal (de 27 de junio de 1990 y de 19 de julio de 1990) en las que se defiende, precisamente, la primera de las soluciones antes indicadas. - La Lógica Jurídica que permite la identificación y empleo adecuado de con- ceptos y juicios jurídicos. Desde el punto de vista de la lógica, un argumento es un encadenamiento de proposiciones, puestas de tal manera que de unas de ellas (las premisas) se sigue(n) otra(s) (la conclusión). Por ello es conveniente, antes de adentrarse al estudio de la lógica jurídica decir unas breves palabras sobre esa área de la filosofía del derecho llamada, ontología jurídica. ; 4) problemas de clasificación, cuando existen dudas sobre si un determinado hecho que no se discute cae o no bajo el campo de aplicación de un determinado concepto contenido en el supuesto de hecho de la norma; por ejemplo: ¿puede clasificarse la alimentación forzada de los presos del GRAPO como un caso de «tortura» o «trato inhumano o degradante», según el sentido que tienen estos términos en el art. En primer lugar, hay que identificar cuál es el problema a resolver, esto es, en qué sentido nos encontramos frente a un caso difícil. Se entiende la lógica jurídica como la parte de la lógica que examina, desde el punto de vista formal, las operaciones intelectuales del jurista, así como los productos mentales de esas operaciones: conceptos, divisiones, definiciones, juicios y raciocinios jurídicos, merecen en razón de su objeto especifico el nombre de lógica . Tales requisitos ponen sin duda límites a la hora de tomar una decisión racional, pero esos límites parecen ser todavía insuficientes, en el sentido de que su cumplimiento no determina necesariamente una única respuesta63. la lógica jurídica es un método de investigación para entender al derecho, obtiene su principal fuente del conocimiento en la razón y no de la experiencia; el empleo de un lenguaje simbólico del derecho, permite también formar un paradigma en el conocimiento jurídico, que infiere en resultados perfectos, es decir, razonamientos tan exactos, como … La tesis que intentaré defender señala que: "La lógica jurídica es una lógica compleja que está conformada tanto por una lógica formal como por una teoría de la argumentación jurídica". Bienvenidos a la FILJURÍDICA - Feria Internacional Jurídica, segunda edición en línea, es una iniciativa de Editorial & Librería Yachay, con el objetivo de unir esfuerzos entre sellos editoriales, distribuidores y librerías, nacionales e internacionales, para generar la oportunidad de exponer y hacer llegar al público los mejores libros del mundo jurídico. [7] Ahora bien, "el uso argumentativo del lenguaje significa, así lo ha señalado Atienza, que aquí las emisiones lingüísticas no consiguen sus propósitos directamente, sino que es necesario producir razones adicionales. "Alguien podría pensar que Toulmin exageró un tanto las cosas cuando afirmó que la lógica era, o debía ser, "jurisprudencia generalizada", pero no me parece que nadie pueda poner en duda que argumentar constituye la actividad central de los juristas y que el Derecho suministra al menos uno de los ámbitos más importantes para la argumentación".[18]. Pero, como hemos visto, la solución dada a esta última cuestión juega un papel muy importante -por no decir, determinante- en la resolución de la primera. Así pues, tanto la labor de los órganos jurisdiccionales y, en general, aplicadores del Derecho, como la de los dogmáticos, puede decirse que consiste en producir argumentos para la resolución de casos, bien sean individuales o genéricos, reales o ficticios. Su objetivo es alcanzar una coherencia entre la teoría y la práctica de todo lo concerniente a las normas, su aplicación y a la impartición de justicia, con el fin de garantizar la ecuanimidad. Y aquí, a propósito del conflicto que surge entre el valor de la vida y el valor de la autonomía personal, el tribunal justifica su opción en favor del primero de ellos -en favor de la vida- basándose, esencialmente, en los tres argumentos siguientes. ¿Cuáles son, en definitiva, las razones del Derecho: no la razón de ser del Derecho, sino las razones jurídicas que sirven de justificación para una determinada decisión? En el recurso de amparo se aducía que el auto de la sala segunda de la Audiencia provincial de Madrid en que se declaraba «el derecho-deber de la Administración penitenciaria de suministrar asistencia médica… a aquellos reclusos en huelga de hambre una vez que la vida de éstos corriera peligro» (es decir, la primera de la solución) suponía una vulneración de los artículos 1.1, 9.2, 10.1, 15, 16.1, 17.1, 18.1, 24.1 y 25.2 de la Constitución. Hay una relación de implicación entre una concepción no positivista del derecho y una lógica no formal del derecho. El pleno del tribunal va descartando uno a uno los diversos motivos de impugnación y centra su argumentación en el derecho a la integridad física y moral garantizada por el artículo 15 de la Constitución. En otras palabras lo que sea la lógica jurídica o la naturaleza de la lógica jurídica estará determinado tanto por la ontología jurídica como por la epistemología jurídica, es decir, el tipo de concepción de derecho que tengamos, así como, lo que definamos como objeto de estudio de la ciencia jurídica va a determinar en mucho la naturaleza de la lógica jurídica. En Algunos modelos metodológicos de ciencia jurídica Carlos Nino nos dice: "La ciencia del derecho, para ser una verdadera ciencia y no agotarse en un mero acarreo de materiales variables, debe ocuparse de esa estructura [de elementos históricos y contingentes]; ésta consiste en un armazón conceptual que subyace a todo orden jurídico".[2]. La primera (expresada, por ejemplo, en autos del juez de vigilancia penitenciaria de Cádiz [de 24-1-90], de la sala primera de la Audiencia provincial de Zaragoza [de 14-2-90 y 16-2-90] o de la sala segunda de la Audiencia provincial de Madrid) [de 15-2-90] consistió en considerar que la Administración está autorizada a (lo que significa también, tiene la obligación de) alimentar a los presos por la fuerza, aun cuando éstos se encuentren en estado de plena consciencia y manifiesten, en consecuencia, su negativa al respecto. DEFINICIÓN. Si partimos de una concepción positivista del derecho que considera que derecho es igual a norma jurídica o a sistema jurídico . Por su parte para los partidarios del sociologismo jurídico, así como para todas aquellas corrientes jurídicas desarrolladas en la última mitad del siglo XX y caracterizadas principalmente por su rechazo a todo positivismo, la lógica jurídica, no es, precisamente, una lógica formal sino una teoría de la argumentación. Lenin subraya que la dialéctica, la lógica y la teoría del conocimiento, representan una sola y misma cosa, pues la lógica no puede crear leyes del pensamiento que no concuerden con las leyes del propio ser. Así, por un lado está la actividad consistente en descubrir o enunciar una teoría y que, según opinión generalizada, no es susceptible de un análisis de tipo lógico; lo único que cabe aquí es mostrar cómo se genera y desarrolla el conocimiento científico, lo que constituye una tarea que compete al sociólogo y al historiador de la ciencia. Si partimos entonces de que una de las tareas de la ciencia del derecho es la descripción y sistematización de las normas jurídicas, así como exhibir las propiedades fundamentales del sistema, entonces la lógica que resulta adecuada para estas cuestiones es justo la lógica formal. El razonamiento lógico Watch on Clases de razonamientos La forma de expresar nuestro pensamiento a través del razonamiento obedece a ciertos esquemas de raciocinio que se dirigen hacia lo que queremos dar a entender o comunicar. En este trabajo pretendo enfrentar estas interrogantes en la medida de mis posibilidades y del estado actual de la lógica formular algunas respuestas. 15 de la Constitución? LA NATURALEZA DE LA ARGUMENTACIÓN JURÍDICA Rodrigo Valenzuela Cori * * Abogado, Licenciado en Matemáticas, Estudios de Lógica y Metodología de la Ciencia, Profesor de Derecho en la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Santiago de Chile. Privacidad  |  Términos y Condiciones  |  Haga publicidad en Monografías.com  |  Contáctenos  |  Blog Institucional. Resumiendo, entendemos que, para la producción como la aplicación de normas jurídicas se hace uso de la lógica formal, pero esta es insuficiente, ya que entre otras cosas la clave del razonamiento jurídico, no se encuentra en el paso de las premisas a la conclusión, sino en el establecimiento de las premisas, es por ello que se hace necesario la inclusión de otro tipo de lógica, a saber, la teoría de argumentación jurídica. [cfr. ¿Cómo se justifican racionalmente las decisiones jurídicas? Alguien podría decir que esa no es aún la conclusión a que llega el tribunal, pero una objeción semejante puede ser fácilmente contestada mediante otro silogismo u otra deducción: la obligación de la Administración de velar por la vida de los presos implica que cuando su salud corra grave riesgo como consecuencia de una huelga de hambre, debe alimentarles por la fuerza; la huelga de hambre de los presos del GRAPO les sitúa, en efecto, en una situación de riesgo grave para su salud; por lo tanto, la Administración debe alimentarles por la fuerza. La investigación jurídica también se ocupa de la comprensión y la coherencia interna de los conceptos jurídicos y el razonamiento jurídico. Tenemos entonces por lo menos dos razones por los que la lógica jurídica no se reduce sólo a la lógica formal, sino que abarca también la teoría de la argumentación jurídica: Una; la de resolver los casos difíciles. Con esta base, el orden... ...NATURALEZA JURIDICA DEL ESTADO Así las cosas, tenemos que la norma jurídica esta de manera general, está compuesta lógicamente, por un sujeto, un objeto jurídico o bien a proteger o tutelar, una relación jurídica y una consecuencia que nace de su incumplimiento. El Tribunal Constitucional tiene razón al pensar que el derecho a la vida tiene un contenido de protección positiva y que, en ese sentido, no puede asimilarse a un derecho de libertad en el sentido clásico de una libertad negativa. En otro caso, habría que limitar también, y por las mismas razones, la libertad de expresión, de manifestación, etc., cuando con ellas se persigan «fines ilícitos». Los discursos son conjuntos de acciones interconectadas en los que se comprueba la verdad o corrección de las proposiciones. 2. Tenemos entonces por lo menos dos razones por los que la lógica jurídica no se reduce sólo a la lógica formal, sino que abarca también la teoría de la argumentación jurídica: Una; la de resolver los casos difíciles. Con lo analizado se define la lógica jurídica como una rama de la lógica de las normas (lógica deóntica), que tiene por objeto de estudio (objeto material) los pensamientos jurídicos, desde la perspectiva (objeto formal) de su estructura: concepto, juicio y raciocinio, todos de naturaleza jurídica, con la finalidad de que el pensamiento sea válido, congruente o coherente. Si partimos de una concepción positivista del derecho que considera que derecho es igual a norma jurídica o a sistema jurídico y que la ciencia del derecho tiene como objetivo principal la descripción y sistematización de este ordenamiento, entonces, de acuerdo con esto, la lógica jurídica remite a una lógica formal. La lógica es la parte de la filosofía que trata de saber como desarrollar las ideas correctamente. 3. INTRODUCCIÓN 2 La Lógica 3 Clasificación 3 La lógica material 4 Breve historia de la lógica. Dos son los objetivos principalesde esta videoconferencia: presentar un panorama sobre la naturaleza de lalógica jurídica y una propuesta didáctica sobre la enseñanza de este tipo delógica. El Registro Civil realiza un servicio público que es competencia exclusiva de la autoridad administrativa, con el fin de hacer constar de una manera autentica todas los hechos vinculadas con el estado civil de las personas físicas. sorbida por la Lógica jurídica, problema que nos ocupará en el pró-xímo párrafo. La segunda solución (que se puede encontrar en los autos de los jueces de vigilancia penitenciaria de Valladolid [de 9-1-90], de Zaragoza [de 25-1-90], No. A finales de 1989, varios presos de los Grupos Antifascistas Primero de Octubre (GRAPO) se declararon en huelga de hambre como medida para conseguir determinadas mejoras en su situación carcelaria; básicamente, con ello trataban de presionar en favor de la reunificación en un mismo centro penitenciario de los miembros del grupo, lo que significaba modificar la política del Gobierno de dispersión de los presos por delito de terrorismo. 2. En tales casos es necesario presentar argumentos adicionales –razones- a favor de las premisas, que probablemente no serán ya argumentos puramente deductivos, aunque eso no quiera decir tampoco, que la deducción no juega aquí ningún papel. 4. Pero, sin negar la importancia de la sistematización en el derecho, cabe resaltar también el valor que tienen las funciones tanto legislativas como jurisdiccionales para la ciencia jurídica. A este tipo de justificación que consiste en mostrar el carácter más o menos fundamentados de las premisas es a lo que se suele llamar justificación externa".[19]. Me parece que la respuesta es si, pero que dicha lógica es insuficiente. Por lo que se refiere a la forma de entender el derecho a la vida -y aunque ésta sea una cuestión de enorme complejidad y que aquí sólo es posible rozar-, lo menos que puede decirse es que cabe otra interpretación distinta a la que hace el Tribunal Constitucional que, además, comete, en mi opinión, un cierto error conceptual que consiste en lo siguiente. Por supuesto que para llevar a cabo esta actividad a través de la cual el alumno desarrolla destrezas para la argumentación jurídica se hace necesario que antes de iniciar el análisis de los casos, el maestro trabaje con sus alumnos, una serie de tópicos teóricos-prácticos, de los cuales destaco los siguientes: En particular respecto a esta recomiendo estudiar la propuesta de Robert Alexy, la cual sostiene que la Argumentación jurídica es un caso especial del discurso práctico general y cuyo objetivo fundamental es el cómo fundamentar las decisiones jurídicas. La problemática acerca de la naturaleza jurídica de los derechos de autor es de aquellos temas que siempre genera interesantes debates, sobre todo por las diversas posturas que se han elaborado a través del tiempo y de . a) El estado considerado como un hecho. Un ejemplo este tipo de razonamiento jurídico sería el siguiente: Todo los encubridores profesionales deben ser penados con privación de libertad de 10 años. El propietario puede transmitir a otro su derecho sobre un determinado objeto, pero yo no puedo transmitir a otro mi derecho a vivir o a morir. La Administración, en virtud de esta situación de sujeción especial, «viene obligada a velar por la vida y la salud de los internos sometidos a su custodia; deber que le viene impuesto por el art. El sistema jurídico se basa en normas inferidas de teoremas que fueron sucedidas por la Escuela Histórica del Derecho y su positivismo jurídico, que abandonó la idea de la legislación universal por la de un sistema legislativo cambiante; es decir que pese a estar normados internacionalmente es necesario que cada país maneje la forma de interpretar la norma lo que hace que en cada país se pueda tener una diferente interpretación sobre un mismo tema o norma. ", "¿cómo actúan estas valoraciones en los argumentos calificados como < < específicamente jurídicos> > ? La conclusión que cabe extraer de estos tres argumentos -o contraargumentos es que la respuesta correcta al problema que plantea la huelga de hambre de los GRAPO no es la contenida en la sentencia del Tribunal Constitucional. Latorre, Ángel, Introducción al derecho, Editorial Ariel, S. A, 8ª ed, Barcelona, 1991. Por mi parte, y siguiendo a Dworkin parto de concebir al derecho como un conjunto de normas jurídicas más principios jurídicos. (…) Para argumentar se necesita (…) producir razones a favor de lo que decimos, mostrar que razones son pertinentes y por qué, rebatir otras razones que justificarían una conclusión distinta, etc. A nivel internacional se discute, algo que en nuestro país no tiene mucho sentido, y la discusión radica en que si los Registros deben ser públicos... ...uno de los conflictos de trabajo, de naturaleza individual o colectiva, dentro de su jurisdicción, que comprende 67 Municipios del Estado de México. Este punto de vista crítico en relación con el papel que juega la lógica en el razonamiento jurídico apunta a algo que es cierto -la insuficiencia de la lógica para dar cuenta de todos los aspectos de la argumentación jurídica- pero es esencialmente erróneo en la medida en que pretende disociar y contraponer la lógica -la lógica deductiva- y la argumentación jurídica. La alimentación forzada de los presos constituye para el tribunal, en efecto, una limitación de este derecho fundamental, pero que considera justificada por la necesidad de preservar el bien de la vida humana. internacional siempre es de naturaleza pública. Si se trataba de un problema de insuficiencia de información, la argumentación podríamos llamarla -en sentido amplio- analógica (incluyendo aquí tanto los argumentos a pari o a simili como los argumentos a contrario y a fortiori). El Centro de Tesis, Documentos, Publicaciones y Recursos Educativos más amplio de la Red. Justificación interna y justificación externa. Con respecto a la primera distinción tenemos que "las reglas son normas que dadas determinadas condiciones ordenan, prohíben, permiten u otorgan un poder de manera definitiva". Un argumento podríamos verlo entonces no simplemente como una cadena de proposiciones, sino como una acción que efectuamos por medio del lenguaje. De manera que toda auténtica investigación jurídica debe siempre recuperar el contexto sociopolítico en el que se encuentra todo fenómeno jurídico. Pero que una decisión sea, en este sentido, definitiva, no quiere decir que sea infalible; ni siquiera que sea correcta. No debe mostrar únicamente cómo argumentan de hecho los juristas, sino también cómo deben argumentar. Es decir que sea la lógica jurídica o la naturaleza de la lógica jurídica estará determinado tanto por la ontología jurídica como por la epistemología jurídica, es decir, el tipo de concepción de derecho que tengamos, así como, lo que definamos como objeto de estudio de la ciencia jurídica va a determinar en mucho la naturaleza de la lógica jurídica. La otra distinción, a la que antes me refería, tiene lugar dentro del contexto de justificación y consiste en lo siguiente. Antes de empezar con el desarrollo de esta tesis considero importante señalar que el tipo de lógica que en un momento dado se sostenga está determinado por la forma en que se concibe la naturaleza del fenómeno jurídico. para legisladores, jueces, jurisprudencia y abogados, porque la misma determina la metodología que rige la norma legal empleada en los procedimientos jurídicos, sustentados en la correcta aplicación de la lógica, instituyendo así, la valoración del raciocinio y la ponderación ética de quienes ejercen el Derecho."" determinando que la misma es empleada por los juristas bajo diversas concepciones y contenidos, con el fin de dotar de racionalidad, objetividad y justificación a los . Los órganos jurisdiccionales o administrativos no tienen -al menos, por lo general- que explicar sus decisiones, sino que justificarlas. La tercera propuesta ontológica esta dada por el sociologismo jurídico que defiende la necesidad de que el estudio del derecho tenga en cuenta en forma fundamental, su incidencia en la realidad social en la que opera. El fundamento de la jurisdicción esta en la aplicación de la ley por... ...NATURALEZA JURIDICA DEL ESTADO Mientras en la lógica formal los argumentos son entendidos como un encadenamiento de proposiciones puestas de tal manera, que una de ellas (la conclusión) se sigue de la restante o restantes (premisas). Guibourg, Ricardo A, El fenómeno normativo, Editorial Astrea, Buenos Aires, 1987. Keywords: Legal logic, Law, language, arguments. Bien pudiera ser que las argumentaciones en estos principios no posibilitan al decisor a discutir acerca del valor de sus propios puntos de partida ni a seleccionar en el espacio de respuestas coherentes con el sistema de normas aquella más valiosa desde el punto de vista de la ética colectiva. En Introducción a la metodología de las ciencias jurídicas y sociales Carlos Alchourrón y Eugenio Bulygin, nos dicen: En cuanto sistema de normas, el derecho debe adecuarse a ciertas pautas de racionalidad, la coherencia interna de las normas jurídicas, así como su compatibilidad mutua, son ejemplos de tales exigencias básicas. El Magistrado de la Suprema Corte de los Estados Unidos de Norte América, Benjamín Cardozo, menciona que para dictar sus sentencias ha empleado cuatro métodos distintos: "1) el Método de la progresión o deducción lógica; 2) el método de buscar inspiración en la línea de desenvolvimiento histórico de una institución jurídica; 3) el método de atenerse a los datos de las costumbre . A este tipo de justificación que consiste en mostrar el carácter más o menos fundamentado de las premisas es a lo que se suele llamar justificación externa. ¿Cómo se aplica la lógica en el derecho? El ejemplo tradicional y bien conocido es el silogismo que tiene a Sócrates como protagonista: Todos los hombres son mortales; Sócrates es un hombre; luego, Sócrates es mortal. La teoría de la argumentación jurídica -como cualquiera puede supo tiene como objeto de reflexión las argumentaciones que se producen en contextos jurídicos. Y, NATURALEZA DEL DINERO Ya podemos identificar el dinero en su forma más simple, o sea como medio de pago de total liquidez. 2. Como se deja ver en la anterior cita, hay una relación de implicación entre una concepción no positivista del derecho y una lógica no formal del derecho. Pues tener un derecho fundamental parece que tiene que significar que, al menos en principio, ninguna directriz política ni objetivo social colectivo puede prevalecer frente a él57. La aplicación del derecho necesita operaciones variadas y para llevarlas a cabo hay que emplear un lenguaje sobre el derecho. De manera que un sistema jurídico concreto como el sistema jurídico mexicano va a ser legítimo en la medida en que concuerde con los principios generales de un derecho natural por arriba de cualquier derecho positivo. ¿Cuál es el criterio de corrección de los argumentos jurídicos? Mientras que en la ciencia y en la filosofía -sobre todo, en la filosofía- las discusiones pueden proseguir indefinidamente, esto es, el proceso de argumentación es un proceso abierto, en el sentido de que no hay ninguna autoridad que tenga la última palabra, en el Derecho la argumentación está, en diversos sentidos, limitada y, en particular, existen instituciones -los órganos de última instancia- que ponen punto y final a la discusión. Queda bajo la responsabilidad de cada lector el eventual uso que se le de a esta información. Nota al lector: es posible que esta página no contenga todos los componentes del trabajo original (pies de página, avanzadas formulas matemáticas, esquemas o tablas complejas, etc.). Las normas jurídicas son mandatos u órdenes mediante los que se prescriben las conductas que han de realizar obligatoriamente aquellos sujetos que se encuentran en la situación regulada por tales normas. No cabe dudar de que los magistrados del Tribunal Constitucional no sólo son juristas competentes, sino que, además, han realizado un esfuerzo serio y sincero para alcanzar lo que ellos estiman la mejor solución del caso. Posteriormente, presento una propuesta didáctica para la enseñanza de este tipo de lógica. El acusado A es un encubridor profesional. personalidad jurídica  y plena capacidad de obrar Estas reglas al igual que en el discurso práctico no implican seguridad, pero como señala Alexy, "[no] es la producción de seguridad lo que constituye el carácter racional de la Jurisprudencia, sino el cumplimiento de una serie de condiciones, criterios o reglas…"[17]. Sin embargo, en casos como el de los GRAPO -en general, frente a los casos difíciles-, la comunidad jurídica está profundamente dividida y, aunque no fuera así, nunca podríamos estar completamente seguros de que la opinión mayoritaria, o incluso unánime, de quienes integran la comunidad jurídica se haya formado de manera plenamente racional. Todo esto nos conduce a la cuarta ambigüedad de la palabra "interpretación": tal vez la más importante. Asimismo, es obligatoria la cita del autor del contenido y de Monografias.com como fuentes de información. 1) Principio de identidad: Significa que un concepto idea u objeto son siempre idénticos a si mismos. Si se trata de un problema interpretativo por insuficiencia de información, la nueva premisa será una interpretación de la norma suficientemente amplia como para abarcar el caso en cuestión. En tercer lugar, hay que construir hipótesis de solución para el problema, esto es, hay que construir nuevas premisas. El juez -escribió, por ejemplo, Frank54– no parte de alguna regla o principio como su premisa mayor, toma luego los hechos del caso como premisa menor y llega a su resolución mediante un puro proceso de razonamiento. Klug, Ulrich, Lógica jurídica, Editorial Temis, 4ª ed, Bogotá, 1990. En cuanto a la enseñanza de la lógica jurídica mi propuesta didáctica para esta experiencia educativa, es partir del análisis de casos jurídicos reales, e ir analizando, maestro y alumnos en la cotidianidad del aula, cada uno de los argumentos que el juez presenta para sostener su sentencia. ; 3) problemas de prueba, cuando existen dudas sobre si un determinado hecho ha tenido lugar; por ejemplo: ¿fue realmente voluntaria la decisión de los presos del GRAPO al declararse en huelga de hambre? Criterios de corrección de los argumentos jurídicos. De acuerdo a lo dicho en el párrafo anterior, no debe negarse la existencia yvalidez de la Lógica jurídica, pero tampoco debe reducirse la Filosofía del Derecho a la Lógica jurídica, pues son . 5. En 1979, Karl Larenz evidenciaba una metodología para la ciencia del dere-cho en lo referente a su aplicación como un esquema lógico donde se encontraba un silogismo de determinación de la consecuencia jurídica y la . Así, una cosa es el procedimiento mediante el que se llega a establecer una determinada premisa o conclusión, y otra cosa el procedimiento consistente en justificar dicha premisa o conclusión. Ver también: Pensamiento matemático. Una introducción a las falacias formales y no formales. En términos generales el iusnaturalismo sostiene que elderecho esta más allá de toda codificación u ordenamiento jurídico. Dicho de otra manera, la lógica deductiva resulta necesaria y suficiente como mecanismo de justificación para los casos jurídicos fáciles o rutinarios. Tipos de decisiones. En términos generales el iusnaturalismo sostiene que el derecho esta más allá de toda codificación u ordenamiento jurídico. No quiere decir, desde luego, que el tribunal haya cometido un error de tipo lógico, un error -podemos ahora decir con más exactitud- en la justificación interna de su decisión. En consecuencia, «no es posible admitir que la Constitución garantice en su artículo 15 el derecho a la propia muerte», y por tanto, «carece de apoyo constitucional la pretensión de que la asistencia médica coactiva es contraria a ese derecho constitucionalmente inexistente» [fundamento jurídico 7]. Incluso hay autores como Toulmin que han afirmado que "la lógica es Jurisprudencia generalizada". 2. Sin embargo, parece también que una teoría de la argumentación jurídica no debe perseguir únicamente una finalidad de tipo analítico o descriptivo, sino que debe cumplir también -al menos, hasta cierto punto- una función prescriptiva. Naturaleza de la interpretación jurídica. La eliminación de las contradicciones en las normas jurídicas es, por tanto, uno de los objetivos más importantes de la ciencia del derecho. 5. Palabras claves: Derechos de autor, Propiedad, Bienes Inmateriales, Derechos de la Personalidad.. 1. Concepto. Por ejemplo, cabría apelar a la opinión pública o, quizás mejor, a la opinión de la comunidad jurídica, como quiera que haya de entenderse ésta. Si partimos entonces de que una de las tareas de la ciencia del derecho es la descripción y sistematización de las normas jurídicas, así como exhibir las propiedades fundamentales del sistema, entonces la lógica que resulta adecuada para estas cuestiones es justo la lógica formal. El que el ejercicio de un derecho implique un obstáculo para llevar a cabo una determinada política gubernamental o que, incluso, sitúe al Gobierno ante un auténtico dilema no puede ser, por sí misma, una razón válida para limitar dicho derecho. Si partimos de una concepción positivista del derecho que considera que derecho es igual a norma jurídica o a . Esto es, hay que justificar internamente, deductivamente, la conclusión. Blog. El error consiste, precisamente, en haber confundido el contexto de descubrimiento y el contexto de justificación. NATURALEZA Y DIDÁCTICA DE LA LÓGICA JURÍDICA Dra. Sin duda, es conocido tanto por abogados como por no abogados que en el campo jurídico, la lógica y/o argumentación jurídica juega un papel fundamental. Por ello es conveniente, antes de adentrarse al estudio de la lógica jurídica decir unas breves palabras sobre esa área de la filosofía del derecho llamada, ontología jurídica. La búsqueda de los llamados principios generales del derecho y la construcción de las "partes generales" de los códigos –tareas que suelen considerarse propias de la dogmática jurídica- forman parte de la misma exigencia de simplificación del derecho que va ligada a la idea de independencia".[4]. pensables para el estudio de la lógica jurídica propiamente dicha. La persona «puede fácticamente disponer sobre su propia muerte… la privación de la vida propia o la aceptación de la propia muerte es un acto que la ley no prohíbe», pero no constituye un «derecho subjetivo». Es decir que sea la lógica jurídica o la naturaleza de la lógica jurídica estará determinado tanto por la ontología jurídica como por la epistemología jurídica, es decir, el tipo de concepción de derecho que tengamos, así como, lo que definamos como objeto de estudio de la ciencia jurídica va a determinar en mucho la naturaleza de la lógica jurídica. En relación con la sentencia del Tribunal Constitucional sobre el caso de los GRAPO, la consideración del derecho a la vida como un derecho no disponible, la caracterización de la situación del preso como de sujeción especial con respecto a la Administración penitenciaria y la calificación de la huelga de hambre como actividad que persigue fines ilícitos son los argumentos que, de acuerdo con la opinión del tribunal, (o, más exactamente, de la mayoría de sus miembros), fundamentan una determinada interpretación de la Constitución y de la Ley Orgánica General Penitenciaria que funciona como premisa normativa del esquema de justificación interna. El acusado A debe ser penado con privación de libertad de hasta 10 años. ¿Es eso todo lo que queremos decir cuando hablamos de justificar o de argumentar en favor de una decisión? El mensaje directivo de las normas jurídicas se encuentra polarizado, pues, en torno a estos tres núcleos centrales: Una introducción a la teoría de la argumentación jurídica y por supuesto, una.